Buscan facilitar trámites para salir a capacitación en el extranjero
El dictamen de la Comisión de Economía, Emprendimiento y Turismo fue presentado en Tribuna por la diputada Iraís Reyes.
El Congreso de Nuevo León aprobó enviar un exhorto a las Secretarías del Trabajo y de Economía del Estado para que, en conjunto con las Secretarías del Trabajo y Previsión Social, Economía y de Relaciones Exteriores de la Federación generen estrategias y políticas públicas encaminadas a facilitar los trámites de documentos requeridos por los trabajadores que, por motivo de capacitación en el extranjero, necesiten salir del país.
El dictamen de la Comisión de Economía, Emprendimiento y Turismo fue presentado en Tribuna por la diputada Iraís Reyes.
“Existe la necesidad de que las y los neoloneses estén capacitados con la mejor educación y aptitudes para la demanda laboral que las nuevas inversiones traen consigo. De lo anterior, se tiene conocimiento que la Cámara de la Industria de Transformación de Nuevo León (CAINTRA) ha hecho posicionamientos expresando la falta de personal capacitado para las actividades que se tienen que desarrollar sobre todo en la industria automotriz y manufacturera”, mencionó la legisladora.
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La capacitación y la preparación constante de los trabajadores es una necesidad esencial para tener mejores rendimientos dentro de las empresas, por lo cual, las nuevas empresas que arribaron al estado están enviando a sus trabajadores mexicanos a otras partes del mundo para recibir capacitación y adquirir conocimientos específicos sobre la actividad en la que se desenvuelven.
El dictamen fue aprobado por unanimidad por los Legisladores.
Plan y programas de capacitación en el extranjero
Actualmente la LFT contempla programas de capacitación y esto es lo que dice al respecto sobre:
Todas las empresas deben elaborar y conservar los planes y programas de capacitación, adiestramiento y productividad de acuerdo a lo señalado en los artículos 153-F Bis, 153-H, 153-B segundo párrafo y 153-S de la Ley Federal del Trabajo.
Los planes deben considerar los requisitos señalados en el Artículo 10 del Acuerdo Normativo publicado en el DOF el 14-06-2013, mismos que se señalan a continuación:
Tomar en cuenta las necesidades de capacitación y adiestramiento de todos los puestos y niveles de trabajo existentes en la empresa.
Precisar el número de etapas durante las cuales se impartirán.
Indicar si se trata de planes y programas de capacitación y adiestramiento específicos para una empresa; comunes para varias empresas o bien si se encuentran adheridos a un sistema general de capacitación y adiestramiento por rama o actividad; y, en su caso, los establecimientos en los que se aplica.
Establecer periodos no mayores de dos años.
Considerar la impartición de la capacitación o adiestramiento por conducto de personal de la propia empresa, instructores especialmente contratados, instituciones, escuelas u organismos especializados.
Basar en normas técnicas competencia laboral o su equivalente si las hubiera para los puestos de trabajo de que se trate.
Considerar las acciones a realizar con respecto a los temas de productividad mencionados en el Artículo 7 fracciones del II al V del presente Acuerdo.
Incluir, en su caso, los cursos de capacitación que impartan:
Las empresas de las que hayan adquirido un bien o servicio de cualquier naturaleza; y
Los extranjeros a trabajadores mexicanos en territorio nacional, o bien cuando los trabajadores reciban capacitación en el extranjero.